Procedimientos del
Ayuntamiento de Amurrio
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Servicios Socioculturales
6.3.1
Solicitud de uso de edificios e instalaciones de centros educativos
Cuestión
Respuesta
¿Que es?¿Para qué sirve?
Es la solicitud de uso de los edificios e instalaciones de los centros escolares públicos de Amurrio de titularidad municipal (Lucas Rey y Zabaleko) para desarrollar actividades educativas, deportivas, culturales u otras de carácter social no previstas en la programación anual de dichos centros. Se podrá solicitar el uso de instalaciones deportivas, salones de acto, bibliotecas, aulas o similares dependencias.
¿Quién lo puede solicitar?
Cualquier administración, ente público o persona física o jurídica, o su representante legal.
Documentación a aportar
  • Escrito de solicitud, con una antelación mínima de 20 días, firmado por la persona o representante de la entidad solicitante, en el que se haga constar la fecha y hora de inicio de la actividad, la duración de ésta, las dependencias que se pretenden utilizar, la organización y el número de participantes, necesidades de personal del centro y descripción detallada tanto de la propia actividad como de los objetivos perseguidos con la misma. En el caso de actividades periódicas o que se repitan con arreglo a un programa predeterminado, se incluirá un calendario o esquema detallado de las mismas, de forma que pueda procederse a la autorización en un solo expediente.
  • Documento Nacional de Identidad de quien solicita la autorización. En caso de efectuar dicha solicitud en nombre y representación de alguna asociación, entidad u organismo, deberá entregar igualmente copia auténtica del documento en el que se recoja la condición de representación.
  •  Escrito, firmado igualmente por la persona solicitante, en el que se compromete a abonar al centro educativo o, en su caso, al Ayuntamiento, todo daño o perjuicio en las instalaciones derivado de la actividad autorizada, así como a adoptar las medidas necesarias de vigilancia, mantenimiento y limpieza de la instalación utilizada, de forma que ésta quede en el mismo estado que se encontraba previamente a su utilización.
  • Exclusivamente si el órgano autorizador lo estima oportuno, deberá entregarse a la Dirección del centro una póliza de responsabilidad civil que cubra, en la cuantía que se determine y durante toda la duración de la actividad, la reparación de posibles daños a personas y bienes. Dado que la valoración de la necesidad de este documento se hace en función de la propia solicitud, no deberá entregarse junto con la misma, sino en un momento posterior, a petición del o la Delegada Territorial competente o del Ayuntamiento de Amurrio, y siempre antes del inicio de la actividad.
  • Plan de autoprotección, si procede, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente (Anexo 1 del Decreto 277/2010, de 2 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de autoprotección).
Vías de tramitación
Presencialmente
Presencialmente
Ayuntamiento. Registro General
Juan Urrutia s/n., pl. baja izq. 01470 - Amurrio
Fax
Fax
945 891 645
Correo Postal
Correo Postal
Ayuntamiento. Registro General
Juan Urrutia s/n. 01470 - Amurrio

OTROS: Consultar Ficha 1.2 Registro de Entrada de Documentos


 Para cualquier duda llamar al зrea de EducaciЧn: 945.89.11.61

Precio
El coste de la gestión se asume por el Ayuntamiento.
Plazo estimado para resolver y notificar
Plazo previsto: 20 días naturales en el procedimiento ordinario, 15 días en el abreviado.
Plazo máximo legal: 3 meses.
Efectos del silencio administrativo: negativo.
Procedimiento tras la solicitud
PROCEDIMIENTO ORDINARIO
  1. La solicitud se dirigirá, junto con la documentación pertinente, al Ayuntamiento de Amurrio, y se presentará en la Dirección del centro, o en el Ayuntamiento, o por cualquier otro medio admisible en derecho, con una antelación mínima de 20 días naturales respecto del comienzo previsto para la actividad a desarrollar. 
  2. El o la Directora efectuará, en el plazo máximo de 3 días desde la recepción de la solicitud por parte del centro, un informe manifestando su opinión acerca de la conveniencia o no de la utilización, argumentando si el uso solicitado interfiere de alguna forma en la actividad escolar del centro.
  3. Una vez completo el expediente con el escrito de solicitud, la documentación necesaria, y el informe del o la Directora del centro, se remitirá el original de dicho expediente el o la Delegada Territorial, quedando en el archivo del centro educativo copia del mismo. El o la Delegada Territorial emitirá informe, que será vinculante, en el que se pronunciará exclusivamente acerca de si el uso solicitado interfiere de alguna forma en la actividad escolar del centro.
  4. Finalmente, se dará traslado del expediente completo al Ayuntamiento de Amurrio, para que éste se pronuncie definitivamente sobre la autorización de la actividad. Tal decisión deberá adoptarse con una antelación mínima de cinco días respecto del comienzo de la actividad. Una vez autorizado el uso de las instalaciones educativas, se expondrá en el tablón de anuncios o en lugar visible del centro una sucinta referencia de la actividad, fecha y hora en que la misma tendrá lugar.

PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Se seguirá el procedimiento abreviado exclusivamente en aquellos supuestos en que la actividad a desarrollar en los centros docentes no tenga una duración prevista superior a 30 días, o bien cuando se trate de la organización de conferencias, seminarios, presentaciones u otros eventos de carácter puntual u ocasional.
  1. La solicitud se presentará en la Dirección del centro o por cualquier otro medio admitido en derecho, con una antelación mínima de 15 días naturales respecto del comienzo previsto para la actividad a desarrollar.
  2. El o la Directora del centro, una vez recibida la solicitud, resolverá, al menos con 5 días de antelación al inicio de la actividad, manifestando claramente si autoriza o no la actividad solicitada y en qué términos o condiciones, así como el plazo en que la misma deberá desarrollarse, notificando su decisión por escrito a la persona o entidad solicitante. 
Trámites posteriores
El Área de Educación comprobará el estado de los espacios e instalaciones utilizados, adoptando las medidas necesarias para garantizar que éstas queden en las mismas condiciones anteriores a su uso.
Observaciones aclaraciones
Esas actividades no contravendrán los objetivos generales de la educación, y respetarán los principios democráticos de convivencia siendo promovidas con un inequívoco fin social, excluyéndose todas aquellas de marcado carácter privado o familiar y de carácter lucrativo. Así mismo no deberán entorpecer la actividad docente, ni las actividades complementarias o extraescolares. 
No se podrán utilizar las instalaciones reservadas a tareas administrativas del centro, las que formen parte del ámbito privado del profesorado y similares. Quedan incluidas en este último concepto las cocinas escolares.
En los centros educativos de segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria el régimen de prioridades en supuestos de concurrencia será el siguiente:
  1. Las actividades organizadas por personas o asociaciones vinculadas al propio centro educativo, tales como asociaciones de padres y madres, grupos deportivos o culturales de alumnos y alumnas del centro, etc.
  2. Las organizadas por el Ayuntamiento de Amurrio.
  3. Las organizadas por el Departamento competente en materia educativa.
  4. Las organizadas por otros Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  5. Las organizadas por cualquier otra persona física o jurídica.
En el supuesto de que el propio centro necesite la utilización de sus instalaciones para actividades de carácter educativo, tendrá siempre preferencia, incluso respecto de las autorizaciones concedidas con anterioridad, que podrán ser, en su caso, revocadas conforme a lo establecido en el Decreto 76/2008. Eso sí, una vez autorizada una actividad, la misma no podrá ser desplazada por posteriores solicitudes fuera de los supuestos contemplados en dicho Decreto.
Si existe un riesgo de que se produzcan daños de cualquier tipo, derivados de la utilización solicitada, se podrá exigir a la persona física o jurídica peticionaria, previamente a la autorización, que presente a la Dirección del centro una póliza de responsabilidad civil que cubra, la reparación de posibles daños a personas y bienes. Será el órgano que otorgue la autorización quien determine dicha cuantía.
Unidad responsable de la tramitación
ÁREA EDUCACIÓN