Procedimientos del
Ayuntamiento de Amurrio
Imprimir
Servicios Económicos
3.3
Impuesto sobre bienes inmuebles - solicitud de bonificación para inmuebles de empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria
Cuestión
Respuesta
¿Que es?¿Para qué sirve?

Una bonificación de un 50% en las cuotas del impuesto para los inmuebles que constituyan el objeto de la actividad de las para empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria tanto de obra nueva como de rehabilitación equiparable a ésta, y no figuren entre los bienes de su inmovilizado.

¿Quién lo puede solicitar?

Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar

SOLICITUD GENERAL.

Documentos auxiliares
Vías de tramitación
Presencialmente
Presencialmente
Ayuntamiento. Registro General
Juan Urrutia s/n., pl. baja izq. 01470 - Amurrio
Fax
Fax
945 891 645
Correo Postal
Correo Postal
Ayuntamiento. Registro General
Juan Urrutia s/n. 01470 - Amurrio
Precio

El coste de la gestión se asume por el Ayuntamiento.

Plazo estimado para resolver y notificar

Plazo máximo legal: 6 meses.

Efectos del silencio administrativo: negativo.

Procedimiento tras la solicitud
  1. Recoger y registrar la solicitud presentada.
  2. Remitir la documentación a los Servicios Económicos.
  3. Comprobación y valoración de los datos aportados.
  4. Solicitud al Departamento de Urbanismo de informe sobre la licencia de obras.
  5. Emisión Informe propuesta del departamento.
  6. Resolución por la Alcaldía o la Junta de Gobierno Local.
  7. Notificación a la persona interesada.
Trámites posteriores
Remitir notificación del acuerdo a la Diputación Foral de Álava.
Observaciones aclaraciones
  • Esta bonificación se otorga previa solicitud de la persona interesada antes del inicio de la obra.
  • El plazo de aplicación de esta bonificación comprenderá desde el período impositivo siguiente a aquél en que se inicien las obras hasta el posterior a la terminación de las mismas, siempre que durante ese tiempo se realicen obras de urbanización o construcción efectiva.
  • En todo caso el plazo de disfrute a que se refiere el apartado anterior no podrá exceder de tres años contados a partir de la fecha del inicio de las obras de urbanización y/o construcción.
  • Para facilitar a la ciudadanía el proceso y ganar en agilidad, las fotocopias de la documentación a aportar, se podrán realizar gratuitamente en las propias oficinas del Ayuntamiento.
Unidad responsable de la tramitación
SERVICIOS ECONÓMICOS