Procedimientos del
Ayuntamiento de Amurrio
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Censo, Estadística y Padrón
2.2
Alta por nacimiento en el padrón municipal de habitantes
Cuestión
Respuesta
¿Que es?¿Para qué sirve?

Es la solicitud de Alta de inscripción de una persona menor de edad en el padrón municipal de habitantes con ocasión de su nacimiento o adopción.

¿Quién lo puede solicitar?

Padre y madre del/la recién nacido/a, o su representante legal.

Documentación a aportar

DOCUMENTACIÓN DE IDENTIFICACIÓN.

  • DNI de las personas solicitantes: padre y madre o representante legal.
  • Libro de Familia.
  • Si se pretende el empadronamiento con uno solo de los progenitores, se deberá acreditar mediante Sentencia la guardia o custodia del menor o en su defecto la DECLARACIÓN RESPONSABLE MENORES de que cuenta con la autorización del otro progenitor.


DOCUMENTACIÓN DE IDENTIFICACIÓN DE PERSONAS EXTRAJERAS:

  • Personas extranjeras no comunitarias: permiso de residencia en vigor (NIE), si lo tienen o en su defecto documentación en vigor del País de procedencia (Pasaporte).
  • Personas extranjeras comunitarias: Permiso de residencia en vigor (NIE), si lo tienen o en su defecto DNI o pasaporte en vigor de su país de origen.
  • Libro de Familia o Certificado de Nacimiento. Los y las menores de tres meses nacidos en España, únicamente presentarán Libro de Familia.
  • Si se pretende el empadronamiento con uno solo de los progenitores, se deberá acreditar mediante Sentencia la guardia o custodia del menor o en su defecto la DECLARACIÓN RESPONSABLE MENORES de que cuenta con la autorización del otro progenitor.
Vías de tramitación
Presencialmente
Presencialmente
Ayuntamiento. Departamento de Padrón
Juan Urrutia s/n., - pl. baja ctr. 01470 - Amurrio
Precio

El coste de la gestión se asume por el Ayuntamiento.

Plazo estimado para resolver y notificar

Plazo previsto: En el momento de la inscripción, el alta ya es definitiva.

Plazo máximo legal: tres meses.

Efectos del silencio administrativo: positivo.

Procedimiento tras la solicitud
  1. Comprobar la documentación presentada. El domicilio será el de su padre o madre o, en su defecto, representante legal.
  2. En el supuesto de cumplirse todos los requisitos, introducir los datos en la aplicación informática del padrón de habitantes y la persona solicitante firma la solicitud de inscripción. Posteriormente, se remite el expediente a Secretaría.
  3. En el caso de incumplimiento de alguno de los requisitos, resolución motivada de denegación de alta y notificación al solicitante.
  4. Archivo.
Observaciones aclaraciones
  • Se facilitará la información e impresos de los que se disponga relativos a ayudas / subvenciones por nacimiento de hijos e hijas.
  • Para facilitar a la ciudadanía el proceso y ganar en agilidad, las fotocopias de la documentación a aportar se podrán realizar gratuitamente en las propias oficinas del Ayuntamiento.
Unidad responsable de la tramitación
SECRETARÍA