Procedimientos del
Ayuntamiento de Amurrio
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Censo, Estadística y Padrón
2.8
Renovación de la inscripción padronal para personas extranjeros/as no comunitarias sin autorización de residencia permanente (larga duración) - encsarp
Cuestión
Respuesta
¿Que es?¿Para qué sirve?

Dar cumplimiento a la obligación legal que tienen las personas extranjeras no comunitarias sin permiso de residencia permanente o de larga duración, de renovar la inscripción padronal cada dos años, desde la fecha del alta o última renovación padronal en Amurrio.

¿Quién lo puede solicitar?

Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar
  1. SOLICITUD RENOVACIÓN INSCRIPCIÓN PADRONAL EXTRANJEROS/AS NO COMUNITARIOS SIN AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA PERMANENTE (MAYORES DE EDAD), debidamente cumplimentada y firmada, la cual se notificará junto con el preaviso que efectúa el ayuntamiento, para recordar la obligación.
  2. Si la persona interesada acude al Ayuntamiento, deberá aportar el documento original del pasaporte o del permiso de residencia.
  3. En caso de realizar este trámite mediante representante, esta representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna (documento notarial expedido por un notario del estado español, o mediante declaración en comparecencia personal de la persona interesada ante el funcionariado público competente).
  4. En el supuesto de que la renovación se corresponda con una persona menor de edad, la misma se realizará por el padre o madre que tengan su guarda o custodia o, en su defecto, por sus representantes legales rellenando el impreso SOLICITUD RENOVACIÓN INSCRIPCIÓN PADRONAL DE PERSONAS EXTRANJERAS NO COMUNITARIAS SIN AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA PERMANENTE (MENOR DE EDAD). La documentación personal será: pasaporte o permiso de residencia del padre, madre o representante y la de la persona menor de edad, así como Libro de Familia o Certificado de Nacimiento.
Vías de tramitación
Presencialmente
Presencialmente
Ayuntamiento. Departamento de Padrón
Juan Urrutia s/n., - pl. baja ctr. 01470 - Amurrio
Precio

El coste de la gestión se asume por el ayuntamiento.

Plazo estimado para resolver y notificar

Plazo previsto: A la fecha de presentación de la solicitud.

Plazo máximo para resolver: tres meses.

Efectos del silencio administrativo: no procede.

Procedimiento tras la solicitud
  1. Recibir, comprobar y registrar los datos de la persona solicitante.
  2. Introducir los datos en la aplicación del padrón de habitantes.
  3. Archivo.
  4. En el caso de que el habitante no realice la solicitud de renovación en plazo se acordará la caducidad de la inscripción, mediante Resolución motivada de alcaldía, siendo la fecha de baja la correspondiente a la notificación.
Trámites posteriores
Comunicar el movimiento de renovación padronal al Instituto Nacional de Estadística (INE) a través del fichero de intercambio mensual, o en su caso la baja por caducidad.
Observaciones aclaraciones
  • La inscripción en el Padrón Municipal de las personas extranjeras no comunitarias sin autorización de residencia permanente (denominada de "Larga Duración" a partir de 2011) deberá ser objeto de renovación periódica cada dos años. Si la renovación no se realizase en el plazo señalado será causa para acordar la caducidad de la inscripción y la baja en el Padrón de Habitantes.
  • La solicitud de cambio de domicilio o modificación de datos personales no equivale a la solicitud de renovación de la inscripción padronal.
  • Para facilitar a la ciudadanía el proceso y ganar en agilidad, las fotocopias de la documentación a aportar, se podrán realizar gratuitamente en las propias oficinas del Ayuntamiento.
Unidad responsable de la tramitación
SECRETARÍA