Procedimientos del
Ayuntamiento de Amurrio
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Urbanismo, Obras y Servicios
5.5
Licencia de obras para la implantación de viviendas en locales y entreplantas de edificios residenciales
Cuestión
Respuesta
¿Que es?¿Para qué sirve?

Obras para la transformación en viviendas de las entreplantas ubicadas en edificios residenciales que tengan acceso desde los elementos comunes de la edificación, y en los locales ubicados en planta baja de edificios residenciales incluidos, estos últimos, en el “Listado de portales aptos”, recogido en el Anexo 3 de la “Ordenanza municipal para la implantación de viviendas en locales y entreplantas de edificios residenciales”

http://amurrio.org/sites/default/files/18-VIVIENDASENLOCALES.pdf

¿Quién lo puede solicitar?

Toda persona interesada o su representante legal.

Documentación a aportar
  • Solicitud general debidamente cumplimentada.
  • Si se actúan en representación de otra persona, se deberá acreditar la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, o mediante declaración en comparecencia personal del interesado
  • Proyecto técnico visado. Se presentará una copia en papel y otra en formato digital (formato editable gráfico DWG y escrito PDF).
    • La licencia se otorgará sobre proyecto básico, firmado por técnico competente y visado por colegio profesional.
    • Antes del inicio de la obra deberá aportar proyecto de ejecución completo firmado por técnico competente y visado por colegio profesional.
  • Documentación acreditativa de que quien promueve la obra es titular del inmueble.
  • Impreso de Estadística de Vivienda de Gobierno Vasco (preparar un link al impreso de estadística del Gobierno Vasco)
Documentos auxiliares
Vías de tramitación
Presencialmente
Presencialmente
Ayuntamiento. Registro General
Juan Urrutia s/n., pl. baja izq. 01470 - Amurrio
Correo Postal
Correo Postal
Ayuntamiento. Registro General
Juan Urrutia s/n. 01470 - Amurrio
Precio

Con carácter general la cuota a aplicar sobre el presupuesto ejecución material de la obra será de 4,5% en concepto de Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) y del 1,5% en concepto de Tasa por concesión de licencia de obra sin perjuicio de las bonificaciones y exenciones previstas en las ordenanzas.

ORDENANZA FISCAL Nº 4 reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. (BOTHA: 14/2014. Fecha: 5 de febrero de 2014).

http://amurrio.org/sites/default/files/ICIO2014.pdf

ORDENANZA FISCAL Nº 7: Anexo 7.7 regulador de la Tasa por licencia y autorización de toda clase para obras mayores, menores, así como su intervención en la gestión, disciplina y planeamiento urbanístico de término municipal.(BOTHA: 59/14. Fecha: 28 de mayo de 2014)

http://amurrio.org/sites/default/files/licencias-obras.pdf

Plazo estimado para resolver y notificar

Plazo previsto: 2 meses

Plazo máximo legal: 3 meses (art. 42, Ley 30/1992, de 26 de noviembre, LRJPAC).

Efectos del silencio administrativo:

  • Positivo, salvo que contravengan la ordenación urbanística o la legalidad vigente (art. 210.6 y 211 de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo de la CAPV).
Procedimiento tras la solicitud
  1. Recogida y registro de la solicitud y documentación.
  2. Remisión al Área de Urbanismo.
  3. Emisión de informe técnico.
  4. Liquidación por Servicios Económicos de Tasas e Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO)
  5. Informe–Propuesta de la Jefatura de Urbanismo, para resolución por acuerdo de la Junta de Gobierno Local o por Decreto de Alcaldía.
  6. Notificación a la persona interesada.
Observaciones aclaraciones
  • En caso de ser necesaria la ocupación de vía pública con contenedores, andamios, montacargas o elementos auxiliares de obra, se deberá solicitar la autorización oportuna, por separado, en el impreso correspondiente (Ver trámite Licencia de ocupación de vía pública. contenedores)
Unidad responsable de la tramitación
ÁREA DE URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS